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Términos y Condiciones

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Términos y Condiciones

Carta de derechos mínimo y Título de autorización

Código de practicas comerciales

Contrato de Adhesión

MIGUEL AMADO ESCOBAR, titular de la autorización para establecer y operar una comercializadora de servicios de telecomunicaciones otorgada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones con número de folio FET098182AU-517860 (en lo sucesivo “Autorización), con el debido respeto comparezco y expongo:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 7, 15 fracción XXVII, 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (en lo sucesivo “LFTR”); 42 fracción I y II del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo el “Estatuto”); 15 y 43 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (en lo sucesivo “LFPA”), ordenamiento de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 6 fracción IV último párrafo de la LFTR, y en cumplimiento a los lineamientos SEGUNDO fracción I, SÉPTIMO apartado A, TRIGÉSIMO, CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO , SEGUNDO Y TERCERO TRANSITORIO de los “Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2015 (en lo sucesivo los “Lineamientos)”, vengo a presentar la siguiente información:

A.         Nombre del Área Responsable o las Áreas Responsables y sus datos de localización, incluyendo la dirección de correo electrónico.

·       Área Responsable – Gerencia

·       Persona Responsable – Sergio Amado Segundo

·       Número Telefónico – 712 222 48 13

·       Correo Electrónico – ggeneral@compu-semmm.com

·       Domicilio – Juan de Dios Peza, No. Exterior: 202, No. Interior: S/N Colonia Centro Atlacomulco. 

La información anteriormente señalada es confidencial y reservada para los fines exclusivos, de conformidad con la normatividad aplicable.    

Asimismo, se informa que el Área Responsable señalada se encuentra disponible las 24 horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año, para los efectos señalados en los Lineamientos y en cumplimiento de los artículos 189 y 190 de la LFTR.